IngresaYa

Una aerolínea no pudo brindar el servicio de transporte aéreo debido a que, en el lugar de destino, se prohibió el ingreso de aeronaves de bandera peruana. En este caso, con relación al importe de los pasajes pagados por los pasajeros, la premisa correcta es lo siguiente:

  • A.En tanto se trata de un evento de fuerza mayor, la aerolínea se queda con la contraprestación pagada por los pasajeros, a modo de indemnización.
  • B.Cuando la prestación del servicio no se efectúe en su debida oportunidad y su ejecución no resulte útil para el consumidor, estos tienen derecho a la devolución de la contraprestación pagada.
  • C.Los consumidores solo tienen el plazo de un (1) año para solicitar el reembolso de la contraprestación pagada por sus pasajes.
  • D.En tanto los consumidores contrataron el servicio de transporte aéreo, no corresponde la devolución de la contraprestación pagada, sino que se ejecute el servicio.
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Respuesta correcta: B. Cuando la prestación del servicio no se efectúe en su debida oportunidad y su ejecución no resulte útil para el consumidor, estos tienen derecho a la devolución de la contraprestación pagada.

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