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Sobre el hostigamiento sexual: a) Si el hostigador es el empleador, persona de confianza o de dirección, titular, asociado, director o accionista el afectado (a) puede optar por el cese de la hostilidad o por la indemnización, dando por terminado el contrato de trabajo. b) Si el hostigador es un trabajador del Régimen Laboral de la Actividad Privada puede optar, según la gravedad de los hechos, por amonestación, suspensión o despido. c) Es nulo el despido o la no renovación en un caso de contratación temporal, por razón de queja de hostigamiento sexual. d) El Hostigamiento Sexual Típico o "Chantaje Sexual": La característica es la calidad que tiene el hostigador frente a la víctima. El hostigador es una persona que ejerce una autoridad o jerarquía

  • A.Solo a es correcta
  • B.a) y b) son correctas
  • C.a), b) y c) son correctas
  • D.Todas son correctas
  • E.Ninguna es correcta
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Respuesta correcta: D. Todas son correctas

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