¿Qué medidas cautelares se puede presentar en el proceso de extinción de dominio?
Extinción de dominio
- A.medida cautelar de orden de incautación e inhibición.
- B.Solo se puede presentar la medida cautelar de inmovilización e incautación.
- C.No se pueden presentar medidas cautelares.
- D.Se puede presentar medida cautelar de orden de inmovilización, incautación, inhibición o inscripción.
- E.Solo se puede presentar medida cautelar de inmovilización.
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Respuesta correcta: D. Se puede presentar medida cautelar de orden de inmovilización, incautación, inhibición o inscripción.