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Una de las modificaciones más recientes (año 2025) al Reglamento de la Ley N° 30364, está referido a:

  • A.La ejecución de las medidas de protección por parte de la Policía Nacional del Perú, con lo que se refuerza las políticas de prevención de la violencia familiar.
  • B.La fiscalización de las medidas de protección por parte del Poder Judicial, en razón de que la Policía Nacional del Perú, no está cumpliendo adecuadamente la labor de ejecución de las medidas de protección y el índice de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar se ha incrementado.
  • C.Los parámetros para evitar sesgos cognitivos por parte de los jueces de familia, al momento de valorar el consentimiento de la víctima, que ha generado impunidad, especialmente en violencia sexual.
  • D.Se ha reforzado los criterios para otorgar las medidas de protección, a raíz de que los existentes no resultaban suficientes para proteger adecuadamente a las víctimas (mujeres e integrantes del grupo familiar.
  • E.La introducción de una nueva modalidad de violencia, al haberse considerado como tal, a la violencia facilitada por las tecnologías digitales.
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Respuesta correcta: E. La introducción de una nueva modalidad de violencia, al haberse considerado como tal, a la violencia facilitada por las tecnologías digitales.

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