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Son vicios del acto administrativo, que causan la nulidad de pleno derecho.

  • A.La contravención a la Constitución, leyes o normas reglamentarias.
  • B.El defecto u omisión de los requisitos de validez de los actos administrativos.
  • C.En ningún caso, en los actos administrativos que sean constitutivos de infracción penal.
  • D.Sólo a y b.
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Respuesta correcta: D. Sólo a y b.

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