Son vicios del acto administrativo, que causan la nulidad de pleno derecho.
- A.La contravención a la Constitución, leyes o normas reglamentarias.
- B.El defecto u omisión de los requisitos de validez de los actos administrativos.
- C.En ningún caso, en los actos administrativos que sean constitutivos de infracción penal.
- D.Sólo a y b.
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Respuesta correcta: D. Sólo a y b.