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Sobre rectificación de duplicidades de predios inscritos en virtud del Decreto Legislativo N° 667, marque la opción correcta:

  • A.Se resuelve mediante el procedimiento de cierre por duplicidad de partidas.
  • B.Se resuelve como supuesto de inexactitud registral.
  • C.Se eliminará la inexactitud correlacionando ambas partidas trasladando los asientos del folio más reciente al más antiguo.
  • D.Se eliminará deduciendo de la hoja matriz el área usucapida.
Ver respuesta

Respuesta correcta: C. Se eliminará la inexactitud correlacionando ambas partidas trasladando los asientos del folio más reciente al más antiguo.

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