Sobre la suspensión e interrupción del juicio oral. Marque la alternativa correcta:
Derecho Procesal Penal
- A.La suspensión no podrá exceder de diez días hábiles. Cuando la suspensión dure más de este plazo, se producirá la interrupción del debate y se dejará sin efecto el juicio, sin perjuicio de señalarse nueva fecha para su realización.
- B.La suspensión del juicio oral no podrá exceder de ocho días hábiles. Cuando la suspensión dure más de ese plazo, se producirá la interrupción del debate y se dejará sin efecto el juicio, sin perjuicio de señalarse nueva fecha para su realización.
- C.La interrupción no podrá exceder de ocho días hábiles. Cuando la interrupción dure más de ese plazo, se producirá la suspensión del debate y se dejará sin efecto el juicio, sin perjuicio de señalarse nueva fecha para su realización.
- D.Ninguna de las anteriores.
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Respuesta correcta: B. La suspensión del juicio oral no podrá exceder de ocho días hábiles. Cuando la suspensión dure más de ese plazo, se producirá la interrupción del debate y se dejará sin efecto el juicio, sin perjuicio de señalarse nueva fecha para su realización.