Sobre la nulidad de oficio de los actos administrativos, es correcto afirmar:
Procedimiento Administrativo General
- A.Es declarada por el funcionario jerárquicamente superior al que expidió el acto inválido o por la misma autoridad que lo dictó.
- B.No puede ser declarada cuando el acto haya quedado firme.
- C.El acto administrativo que contraviene el ordenamiento jurídico es nulo de pleno derecho, por lo que dicha nulidad no requiere ser declarada.
- D.La facultad de declararla es imprescriptible y solo procede ante el Poder Judicial.
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Respuesta correcta: A. Es declarada por el funcionario jerárquicamente superior al que expidió el acto inválido o por la misma autoridad que lo dictó.