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Sobre el plazo de prescripción de las infracciones administrativas:

  • A.Las infracciones prescriben a los dos (2) años contados a partir del día en que la infracción se hubiera cometido o desde que cesó, si fuera una infracción continuada.
  • B.Las infracciones prescriben a los tres (3) años contados a partir del día en que la infracción se hubiera cometido o desde que cesó, si fuera una infracción continuada.
  • C.Las infracciones prescriben a los cuatro (4) años contados a partir del día en que la infracción se hubiera cometido o desde que cesó, si fuera una infracción continuada.
  • D.Ninguna de las anteriores.
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Respuesta correcta: D. Ninguna de las anteriores.

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