Señale usted en qué caso es posible la duplica del término de prescripción de la acción penal, de conformidad con el último párrafo del artículo 80 del Código Penal:
- A.Delito de robo agravado.
- B.Delito de nombramiento ilegal.
- C.Delito de malversación de fondos.
- D.Delito de peculado.
- E.Delito de abuso de autoridad.
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Respuesta correcta: D. Delito de peculado.