Señale en qué caso es posible la dúplica del término de prescripción de la acción penal, de conformidad con el último párrafo del artículo 80 del Código Penal:
Derecho Penal
- A.Delito de robo agravado.
- B.Delito de peculado.
- C.Delito de nombramiento ilegal.
- D.Delito de malversación de fondos.
- E.Delito de falsedad genérica
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Respuesta correcta: B. Delito de peculado.