Según la Ley del Procedimiento Administrativo General, ¿cuál de las siguientes no es una causa de suspensión del procedimiento administrativo?
Derecho Administrativo
- A.Fallecimiento del administrado, si se requiere su actuación personal
- B.Iniciativa del administrado sin que medie causa legal.
- C.Presentación de una cuestión prejudicial pendiente de resolución
- D.Falta de pruebas esenciales cuya obtención depende de terceros
- E.Existencia de un proceso judicial con efecto vinculante sobre el asunto
Ver respuesta
Respuesta correcta: B. Iniciativa del administrado sin que medie causa legal.