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Según la Ley del Procedimiento Administrativo General, ¿cuál de las siguientes no es una causa de suspensión del procedimiento administrativo?

Derecho Administrativo

  • A.Fallecimiento del administrado, si se requiere su actuación personal
  • B.Iniciativa del administrado sin que medie causa legal.
  • C.Presentación de una cuestión prejudicial pendiente de resolución
  • D.Falta de pruebas esenciales cuya obtención depende de terceros
  • E.Existencia de un proceso judicial con efecto vinculante sobre el asunto
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Respuesta correcta: B. Iniciativa del administrado sin que medie causa legal.

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