SEGÚN EL REGLAMENTO "FUNCIONAMIENTO DEL MÓDULO CORPORATIVO LABORAL" VERSIÓN 002 ¿QUÉ DEBE CONSIGNAR EL SUBEQUIPO DE APOYO EN LA ETAPA DE TRÁMITE EN LA RESOLUCIÓN QUE REPROGRAMA UNA AUDIENCIA VIRTUAL EN PROCESOS TRAMITADOS CON LA LEY N.° 29497?
Módulo corporativo laboral
- A.La obligación de las partes de asistir presencialmente.
- B.Los motivos de la reprogramación.
- C.El enlace correspondiente para que las partes participen de la misma.
- D.Una multa por inasistencia a la audiencia anterior.
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Respuesta correcta: C. El enlace correspondiente para que las partes participen de la misma.