Según el Protocolo de Atención de la Ley N° 30364 ¿En qué casos el Juzgado ordenará la realización de audiencia? 17.1. Cuando no se le haya tomado su declaración. 17.2. Para confrontar las versiones de las partes 17.3. Para aclarar, complementar o precisar algún punto sobre su declaración que permita esclarecer la ocurrencia de los hechos, identificar el contexto de violencia, la existencia de una situación de vulnerabilidad, la peligrosidad de la persona agresora. Son correctas:
Protocolo de Atención - Ley N° 30364
- A.17.1, 17.2
- B.17.1 y 17.3
- C.Todas
- D.N.A.
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Respuesta correcta: B. 17.1 y 17.3