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Según el Decreto Legislativo Nº 1532, se considera sujeto sin capacidad operativa al:

  • A.Emisor de los comprobantes de pago que no tiene los recursos económicos, financieros, materiales y/u otros, para realizar las operaciones por las que se emiten dichos comprobantes
  • B.Emisor de los comprobantes de pago que si tiene los recursos económicos, financieros, materiales y/u otros, sin embargo tiene domicilio fiscal No Habido cuando emite dichos comprobantes
  • C.Emisor de los comprobantes de pago que no tiene los recursos económicos, financieros, materiales y/u otros, sin embargo, cuenta con recursos humanos para realizar las operaciones por las que se emiten dichos comprobantes
  • D.Emisor de los comprobantes de pago que si tiene los recursos económicos, financieros, materiales y/u otros, sin embargo tiene domicilio fiscal No Hallado cuando emite dichos comprobantes
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Respuesta correcta: A. Emisor de los comprobantes de pago que no tiene los recursos económicos, financieros, materiales y/u otros, para realizar las operaciones por las que se emiten dichos comprobantes

Esta pregunta apareció en: Gestor de Orientacion Tributaria (11)

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