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Según el Código Procesal Penal de 2004, una vez notificada la acusación, los sujetos procesales tienen diez días de plazo para:

  • A.Deducir excepciones y otros medios de defensa, aun cuando se funden en hechos conocidos con anterioridad.
  • B.Instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad.
  • C.Observar la acusación del Fiscal por no estar de acuerdo con el monto solicitado para la reparación civil.
  • D.Deducir la nulidad de actuados.
  • E.Interponer recurso de apelación.
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Respuesta correcta: B. Instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad.

Esta pregunta apareció en: Fiscalia Penal - Asistente en Funcion Fiscal (21)

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