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Según el Código Civil son bienes muebles:

Código Civil - bienes muebles

  • A.Los vehículos terrestres de cualquier clase.
  • B.Las fuerzas naturales susceptibles de apropiación.
  • C.Las construcciones en terreno ajeno, hechas para un fin temporal.
  • D.Todos los anteriores son bienes muebles.
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Respuesta correcta: D. Todos los anteriores son bienes muebles.

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