IngresaYa

Según el artículo 32 del Código Procesal Constitucional, la demanda de habeas corpus puede ser presentada por el agraviado o cualquier otra persona en su favor, sin necesidad de contar con representación procesal. Nos referimos:

Derecho Constitucional

  • A.Al principio de informalidad.
  • B.Al principio de simultaneidad.
  • C.Al principio de defensa cautiva.
  • D.Al principio de actividad vicaria.
Ver respuesta

Respuesta correcta: D. Al principio de actividad vicaria.

Practica esta y más preguntas en un simulacro cronometrado

Empezar simulacro

Otras preguntas de esta entidad

Ver el banco de preguntas de Poder Judicial →