Según el Acuerdo Plenario 9-2019, ¿en qué supuestos sí se permitiría la conciliación en casos de violencia familiar?
Violencia Familiar - Jurisprudencia
- A.En delitos de lesiones leves (artículo 122-B)
- B.Cuando el agresor acepta indemnizar económicamente
- C.En casos de violencia patrimonial sin daño físico
- D.En ningún caso
- E.Cuando el agresor acepta que ha maltratado psicológicamente a la víctima
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Respuesta correcta: D. En ningún caso