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Respecto del plazo del Usufructo, marque la opción correcta:

Derecho Civil

  • A.El usufructo constituido en favor de una persona jurídica no puede exceder de treinta y dos años y cualquier plazo mayor que se fije se reduce a este.
  • B.El usufructo constituido en favor de una persona jurídica no puede exceder de veinte años y cualquier plazo mayor que se fije se reduce a este.
  • C.El usufructo constituido en favor de una persona jurídica no puede exceder de treinta años y cualquier plazo mayor que se fije se reduce a este.
  • D.El usufructo constituido en favor de una persona jurídica no puede exceder de cuarenta años y cualquier plazo mayor que se fije se reduce a este.
  • E.El usufructo constituido en favor de una persona jurídica no puede exceder de treinta y cinco años y cualquier plazo mayor que se fije se reduce a este.
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Respuesta correcta: C. El usufructo constituido en favor de una persona jurídica no puede exceder de treinta años y cualquier plazo mayor que se fije se reduce a este.

Esta pregunta apareció en: Asistente Registral (06)

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