Respecto del derecho de retención, marque usted la respuesta correcta:
- A.El retenedor no adquiere la propiedad del bien retenido, aunque no se cumpla la obligación, salvo pacto en contrario
- B.El retenedor no adquiere la propiedad del bien retenido, aunque no se cumpla la obligación. Cualquier pacto en contrario es nulo.
- C.El retenedor no adquiere la propiedad del bien retenido, aunque no se cumpla la obligación. Es nulo el pacto en contrario, salvo los casos de adjudicación del bien al acreedor pactados bajo el Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria.
- D.En ningún caso cabe la inscripción del derecho de retención respecto de bienes no inscritos.
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Respuesta correcta: C. El retenedor no adquiere la propiedad del bien retenido, aunque no se cumpla la obligación. Es nulo el pacto en contrario, salvo los casos de adjudicación del bien al acreedor pactados bajo el Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria.