Respecto a las notificaciones de las resoluciones que se dicten en el proceso contencioso administrativo, son ciertas:
Proceso Contencioso Administrativo
- A.Se efectúan mediante sistemas de comunicación electrónicos o telemáticos, tales como el correo electrónico, Internet u otro medio idóneo que permita confirmar fehacientemente su recepción, salvo resoluciones que el Juez disponga motivadamente su notificación mediante cédula.
- B.Para efectos de la notificación electrónica, las partes deben consignar en la demanda o en su contestación su domicilio real, bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad de tales actos postulatorios.
- C.La notificación electrónica de la sentencia surte efectos desde el día siguiente que llega a la dirección electrónica.
- D.Todas las anteriores.
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Respuesta correcta: A. Se efectúan mediante sistemas de comunicación electrónicos o telemáticos, tales como el correo electrónico, Internet u otro medio idóneo que permita confirmar fehacientemente su recepción, salvo resoluciones que el Juez disponga motivadamente su notificación mediante cédula.