Respecto a la modificación de reglamento interno al amparo de la Ley 27157 y su Reglamento, es correcto afirmar que: I. Si existe pluralidad de propietarios, se requiere haber elegido al presidente de la junta de propietarios, quien debe tener mandato vigente. II. Si el reglamento interno no señala expresamente la condición de exclusiva de los aires de la edificación, se requiere que la junta de propietarios acuerde el reconocimiento de propiedad preexistente adoptada por los propietarios que reúnan cuando menos los 2/3 del porcentaje de participación de la totalidad de unidades exclusivas. III. Procede independizar unidades exclusivas ubicadas en aires sobre aires, siempre que se les asigne porcentaje de participación, exista una proyección de acceso independiente y se consigne en el reglamento interno y plano de independización sus medidas y altura proyectada.
- A.Sólo la I es verdadera
- B.Sólo la II es verdadera
- C.Sólo la III es verdadera
- D.Todas son verdaderas
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Respuesta correcta: D. Todas son verdaderas