Respecto a la competencia en materia de extinción de dominio:
- A.Es competente el Juez Especializado en Extinción de Dominio del distrito judicial en donde se encuentre ubicado el bien materia de indagación.
- B.Si se encuentran bienes en distintos distritos judiciales, es competente el Juez Especializado en Extinción de Dominio del distrito judicial en donde se inicie la primera indagación a cargo del Ministerio Público.
- C.Si con posterioridad al inicio del proceso de extinción de dominio, se tiene conocimiento de la existencia de otros bienes vinculados a los que son objeto de ese proceso, ubicados en distintos lugares, mantiene la competencia el Juez que conoce la primera demanda.
- D.todas son correctas
- E.ninguna es correcta
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Respuesta correcta: D. todas son correctas