Que puede hacer la entidad cuando un postor ha contravenido el artículo 11° de la Ley de Contrataciones del Estado (impedimentos para contratar con el estado):
Contrataciones del Estado
- A.Pedir reparación económica.
- B.Declarar la nulidad de oficio del contrato.
- C.Resolver contrato
- D.Pedir pronunciamiento del Tribunal de Contrataciones del Estado
- E.Entablar denuncia.
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Respuesta correcta: B. Declarar la nulidad de oficio del contrato.