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Que puede hacer la entidad cuando un postor ha contravenido el artículo 11° de la Ley de Contrataciones del Estado (impedimentos para contratar con el estado):

Contrataciones del Estado

  • A.Pedir reparación económica.
  • B.Declarar la nulidad de oficio del contrato.
  • C.Resolver contrato
  • D.Pedir pronunciamiento del Tribunal de Contrataciones del Estado
  • E.Entablar denuncia.
Ver respuesta

Respuesta correcta: B. Declarar la nulidad de oficio del contrato.

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