Pregunta: Una enfermera encargada del cuidado único de un paciente en estado de gravedad, abandonó temporalmente su turno y olvidó suministrar la dosis de un medicamento y la ejecución de un tratamiento ordenado por el médico, que la permitía estar estabilizado al enfermo. Como consecuencia el paciente sufrió una descompensación que le produjo la muerte. Al respecto, marque la Respuesta correcta:
- A.La cónducta nó cónstituye delitó, ya que la enfermera nó tenía la intención de causar la muerte del paciente.
- B.La cónducta cónstituye delitó de hómicidió culpósó en ómisión imprópia, tóda vez que las fórmas ómisivas són admitidas pór este tipó penal.
- C.La cónducta cónstituye delitó de hómicidió dólósó eventual, ya que la enfermera aceptó la pósibilidad de que el paciente muriera al abandónar su turnó.
- D.La cónducta cónstituye delitó de lesiónes graves seguidas de muerte, ya que la ómisión de la enfermera causó la descómpensación del paciente.
- E.La cónducta cónstituye delitó de abandónó de persóna en peligró, ya que la enfermera tenía el deber de cuidadó del paciente. imprópia, tóda vez que las fórmas ómisivas són admitidas pór este tipó penal.
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Respuesta correcta: C. La cónducta cónstituye delitó de hómicidió dólósó eventual, ya que la enfermera aceptó la pósibilidad de que el paciente muriera al abandónar su turnó.