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Pregunta: Son características del reconocimiento:

  • A.El reconocimiento puede ser expreso o tacito.
  • B.el reconocimiento no admite modalidad y es irrevocable.
  • C.El reconocimiento es revocable.
  • D.El reconocimiento solo puede ser judicial.
  • E.Ninguna de las anteriores.
Ver respuesta

Respuesta correcta: C. El reconocimiento es revocable.

Esta pregunta apareció en: Victimas y Asistencia Legal - Defensor Publico - 05

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