Pregunta: Según el artículo 122° del Código Procesal Constitucional, los organismos a los que puede recurrir cualquier persona que se encuentre lesionada en los derechos reconocidos por la Constitución, o los tratados sobre derechos humanos ratificados por el Estado Peruano, son:
- A.El Tribunal Constitucional.
- B.El Poder Judicial.
- C.La Comision Interamericana de Derechos Humanos y el Comite de Derechos Humanos.
- D.Corte Internacional de Justicia.
- E.Tribunal de Derechos Humanos. Derechos Humanos.
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Respuesta correcta: C. La Comision Interamericana de Derechos Humanos y el Comite de Derechos Humanos.