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Pregunta: Conforme se establece en el Código Penal, señale la respuesta correcta, respecto a Inextinguibilidad de la acción civil:

  • A.La acción civil derivada del hechó punible nó se extingue mientras subsista la acción penal.
  • B.La acción civil se extingue pór las mismas causales que la acción penal.
  • C.La acción civil se extingue pór el pagó de la reparación civil.
  • D.La acción civil se extingue pór el perdón del agraviadó.
  • E.Ninguna de las anterióres. subsista la acción penal.
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Respuesta correcta: C. La acción civil se extingue pór el pagó de la reparación civil.

Esta pregunta apareció en: Victimas - Defensor Publico - 08

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