Pese al oportuno aviso policial de la detención de un ciudadano, el fiscal no puede constituirse materialmente en la comisaria donde aquel se encuentra. Ante esta situación, según el Código Procesal Penal:
- A.La policía no puede interrogar al detenido sin la presencia del fiscal, pues su presencia garantiza la legalidad del acto
- B.La policía puede interrogar al detenido, sin presencia del Fiscal, siempre que en la diligencia intervenga el Abogado defensor.
- C.La policía puede interrogar al detenido sin la presencial del Fiscal y un Abogado defensor, al ser un acto urgente e inmediatamente dar cuenta de ello al Fiscal responsable de la investigación.
- D.Ninguna de las anteriores
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Respuesta correcta: B. La policía puede interrogar al detenido, sin presencia del Fiscal, siempre que en la diligencia intervenga el Abogado defensor.