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No constituye una función de investigación de la Policía Nacional del Perú (Ley N° 32130):

Derecho Penal

  • A.Debe, inclusive por propia iniciativa, tomar conocimiento de los delitos y comunicar inmediatamente al Fiscal
  • B.Debe realizar las diligencias de investigación urgentes o inaplazables
  • C.Debe individualizar a sus autores y partícipes
  • D.Reunir y asegurar los elementos de prueba que puedan servir para la aplicación de la ley penal
  • E.Deben requerir prisión preventiva ante el Juez Penal
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Respuesta correcta: E. Deben requerir prisión preventiva ante el Juez Penal

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