Marque la opción incorrecta: Son susceptibles de anotación preventiva:
- A.Las demandas y demás medidas cautelares.
- B.Las resoluciones judiciales que no den mérito a una inscripción definitiva.
- C.Los títulos cuya inscripción no pueda efectuarse por no estar inscrito el derecho de donde emane.
- D.Los títulos cuya inscripción no pueda efectuarse porque adolecen de defecto insubsanable.
- E.Los títulos que, en cualquier otro caso, deben anotarse conforme a disposiciones especiales.
Ver respuesta
Respuesta correcta: D. Los títulos cuya inscripción no pueda efectuarse porque adolecen de defecto insubsanable.