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Derecho Procesal Penal

  • A.En los procesos comunes el plazo ordinario de la Investigación Preparatoria es de 180 días.
  • B.Si se trata de investigaciones complejas, el plazo será 8 meses. El Fiscal puede prorrogarlo por igual plazo siempre y cuando dé cuenta al Juez de la Investigación Preparatoria.
  • C.Para delitos por organizaciones criminales el plazo es de 36 meses. La prórroga por igual plazo debe concederla el Juez de la Investigación Preparatoria, excepcionalmente puede hacerlo el Juez de Juzgamiento cuando la causa ya se encuentre en esa etapa.
  • D.Se podrá declarar caso complejo –entre otras razones- cuando se comprenda la investigación de un delito masa.
  • E.Ninguna de las anteriores.
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Respuesta correcta: D. Se podrá declarar caso complejo –entre otras razones- cuando se comprenda la investigación de un delito masa.

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