IngresaYa

Marcar la alternativa correcta respecto al fraccionamiento para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría:

  • A.Ingresos anuales no superiores a 300 UIT del período materia de la solicitud y presentó la Declaración Anual dentro del Plazo, podrá solicitar su fraccionamiento inmediatamente después de presentada la Declaración Anual.
  • B.Ingresos anuales no superiores a 150 UIT del período materia de la solicitud y no presentó la Declaración Anual dentro del Plazo, podrá solicitar su fraccionamiento a partir del sexto día hábil siguiente de la presentación de la Declaración Anual.
  • C.Ingresos anuales no superiores a 150 UIT del período materia de la solicitud y no utilizó el enlace habilitado en SOL con la presentación de la DJ Anual, podrá solicitar su fraccionamiento a partir del día hábil siguiente de la presentación de la Declaración Anual.
  • D.Ingresos anuales mayores a 150 UIT y presentó declaración y siempre que hayan transcurrido 5 días hábiles de la presentación, podrá solicitar su fraccionamiento a partir del primer día calendario de mayo del ejercicio en que vence la declaración del Impuesto a la Renta.
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Respuesta correcta: B. Ingresos anuales no superiores a 150 UIT del período materia de la solicitud y no presentó la Declaración Anual dentro del Plazo, podrá solicitar su fraccionamiento a partir del sexto día hábil siguiente de la presentación de la Declaración Anual.

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