Los operadores de justicia y la Policía Nacional del Perú, ante un hecho o amenaza de violencia, deben actuar en forma oportuna, sin dilación por razones procedimentales, formales o de otra naturaleza, disponiendo el ejercicio de las medidas de protección previstas en la Ley y otras normas, con la finalidad de atender efectivamente a la víctima. Esta definición se refiere al:
- A.Principio de intervención inmediata y oportuna
- B.Principio de sencillez y oralidad
- C.Principio de razonabilidad y oportuna
- D.Principio de la debida diligencia
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Respuesta correcta: A. Principio de intervención inmediata y oportuna