La sanción de multa aplicable por la infracción tipificada en el numeral 4 del artículo 178° del Código Tributario, será rebajada en un noventa y cinco por ciento 95%, siempre que el deudor tributario cumpla con:
- A.Elpagodelamultaysesubsanalainfracciónapartirdeldíasiguientede lanotificacióndelprimerrequerimientoemitidoenunprocedimientode fiscalización hasta la fecha en que venza el plazo otorgado según lo dispuesto en el artículo 75° del Código Tributario.
- B.El pago de la multa y se presenta la declaración rectificatoria con anterioridadacualquiernotificaciónorequerimientorelativoaltributoo periodo a regularizar.
- C.El pago de la multa y se subsana la infracción con anterioridad a cualquier notificación o requerimiento relativo al tributo o periodo a regularizar.
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Respuesta correcta: C. El pago de la multa y se subsana la infracción con anterioridad a cualquier notificación o requerimiento relativo al tributo o periodo a regularizar.