La expresión "interpretación auténtica" debe entenderse:
Teoría General del Derecho
- A.En el sentido de interpretación coherente con normas superiores a la que se interprete, especialmente con la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales de Derechos Humanos.
- B.En el sentido de interpretación que emana del mismo órgano que ha establecido la norma objeto de interpretación
- C.En el sentido de interpretación coherente con los significados establecidos por la Real Academia de la Lengua Española.
- D.En el sentido de interpretación debidamente motivada y que además considere los antecedentes históricos de la norma objeto de interpretación.
Ver respuesta
Respuesta correcta: B. En el sentido de interpretación que emana del mismo órgano que ha establecido la norma objeto de interpretación