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La acción de revisión podrá ser promovida por:

  • A.Por el Fiscal Supremo en lo Penal y por el condenado.
  • B.Por el Fiscal Supremo en lo Penal y por el representante legal del condenado en caso sea incapaz.
  • C.Si el condenado hubiese fallecido o estuviera impedido de hacerlo por su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos.
  • D.Las alternativas a), b) y c) son correctas.
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Respuesta correcta: D. Las alternativas a), b) y c) son correctas.

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