Kike acudió con su novia a una conocida cadena de cines. Al momento de intentar ingresar, se lo impidieron, alegando que no podía entrar con alimentos que no hayan sido adquiridos en el lugar. Le señalaron que así lo disponga un cartel que se encontraba al lado. Ante esto, y considerando las normas y criterio actuales de la Sala Especializada en Protección al Consumidor, es cierto que:
- A.El aviso que prohíbe el ingreso con alimentos adquiridos fuera del establecimiento no puede ser considerado una cláusula abusiva, pues para ello sería necesario que estuviera contenido en un contrato, no en un aviso.
- B.Kike puede solicitar el libro de reclamaciones y el proveedor le deberá contestar el reclamo en un plazo improrrogable de quince días hábiles.
- C.La restricción aplicada por el cine no vulnera la normativa de protección al consumidor.
- D.Kike podría interponer una denuncia administrativa contra el cine, inclusive si solo hubiera visto el aviso y la cláusula nunca le hubiera sido opuesta y/o aplicada.
Ver respuesta
Respuesta correcta: B. Kike puede solicitar el libro de reclamaciones y el proveedor le deberá contestar el reclamo en un plazo improrrogable de quince días hábiles.