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Juan José ha sido detenido por un policía de tránsito que en el parte con el cual lo interna en los calabozos de la comisaría indica que apresó a Ricardo porque el agraviado de un robo le indicó que hace cuatro horas Juan José, el sujeto que camina por la calle a quien identifica sin duda, lo había golpeado para arrebatarle su celular. Es por esta circunstancia que Juan José queda registrado como infractor detenido en delito flagrante: Diga Ud. ¿por qué razón, sustentada en el CPP 2004, si Ricardo fue detenido cuatro horas después de los hechos, su aprehensión se reputa aun como detención en flagrancia?

  • A.Porque dados los cambios operados en la normativa procesal la flagrancia delictuosa ya no se rige plenamente por la in-mediatez temporal y material, esto es, ha sido flexibilizada
  • B.Porque se acoge la sindicación y reconociendo que el agraviado hace del que huye, sin límite de tiempo
  • C.Porque se siguen las mismas reglas que en el caso del arresto ciudadano
  • D.Porque se trata de un delito grave, conminado con pena privativa de la libertad superior a cuatro años
  • E.Todas las anteriores
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Respuesta correcta: A. Porque dados los cambios operados en la normativa procesal la flagrancia delictuosa ya no se rige plenamente por la in-mediatez temporal y material, esto es, ha sido flexibilizada

Esta pregunta apareció en: Pool Atencion de Detenidos en Flagrancia - Asistente en Funcion Fiscal

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