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Fraccionamiento del descanso vacacional a) Los trabajadores del sector privado podrán fraccionar 7 días de sus vacaciones en periodos de incluso un día. b) A solicitud escrita del trabajador, el disfrute del período vacacional podrá ser fraccionado en dos periodos de quince días, de los cuales de un periodo puede fraccionarse, a su vez, en periodos de siete y ocho días ininterrumpidos; y el resto del período vacacional (los otros 15 días) podrá gozarse de forma fraccionada en periodos inclusive inferiores a 7 días calendario y como mínimos de un día calendario. c) Si a un trabajador le adelantaron vacaciones y luego se extinguió su vínculo laboral, estos días de adelanto se compensarán con días de vacaciones truncas que tuviera el trabajador a la fecha de cese y si ello no fuera posible, se descontará de su liquidación de beneficios sociales. d) Si a un trabajador le adelantaron vacaciones y luego se extinguió su vínculo laboral, estos días de adelanto se compensarán con días de vacaciones truncas que tuviera el trabajador a la fecha de cese y si ello no fuera posible, no generará obligación de compensación a cargo del trabajador. SON CORRECTAS:

  • A.a y c son correctas
  • B.a y d son correctas
  • C.a, b y d son correctas
  • D.b y d son correcta
  • E.a, b y c son correctas
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Respuesta correcta: D. b y d son correcta

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