Es un principio según el cual los bienes constitucionalmente protegidos deben ser considerados de tal modo en la solución del problema, que todos ellos conserven su entidad.
Derecho Constitucional
- A.Principio de unidad.
- B.Principio de concordancia práctica.
- C.Principio de eficacia integradora.
- D.Principio de corrección funcional.
- E.Principio de proporcionalidad.
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Respuesta correcta: B. Principio de concordancia práctica.