¿Es posible que el Juez en el Nuevo Modelo Procesal Penal puede convocar audiencia de oficio?
- A.No, porque es Juez imparcial.
- B.Si, porque el Código Procesal Penal lo expresa.
- C.Es criterio del Juzgador.
- D.Si, porque así lo expresa el Reglamento de Audiencias.
Ver respuesta
Respuesta correcta: B. Si, porque el Código Procesal Penal lo expresa.