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¿En qué casos es obligatorio el uso de medios audiovisuales en la litigación oral?

  • A.Siempre que las partes lo soliciten
  • B.Cuando no se puede realizar una audiencia presencial
  • C.Solo en procesos de familia
  • D.Solo en procesos de menores
  • E.En ningún caso es obligatorio
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Respuesta correcta: B. Cuando no se puede realizar una audiencia presencial

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