¿En qué casos es obligatorio el uso de medios audiovisuales en la litigación oral?
- A.Siempre que las partes lo soliciten
- B.Cuando no se puede realizar una audiencia presencial
- C.Solo en procesos de familia
- D.Solo en procesos de menores
- E.En ningún caso es obligatorio
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Respuesta correcta: B. Cuando no se puede realizar una audiencia presencial