En el siguiente caso: Jorge Pérez, crea una empresa de venta de pasajes, y recibe como cliente a Manuel Gómez, quien realiza una cotización y compra de pasajes en la ruta Iquitos – Lima – Iquitos, por la suma de S/. 400.00 soles, dinero que se entrega al investigado, quien a cambio le entrega una boleta de venta y el ticket electrónico del presunto pasaje; un día antes del viaje, Manuel Gómez llama al investigado, porque no podía hacer su checking, recibiendo como respuesta del investigado, que solo debía concurrir al aeropuerto con el documento, y que ahí recibiría el boleto del avión, sin embargo, llegado el día del viaje, Manuel Gómez no puede abordar el avión, recibiendo como información de la empresa aérea que, no contaba con reserva alguna en dicho vuelo, dándose cuenta que habría sido engañado; en relación a este caso podemos afirmar:
- A.No habría delito, pues sería un incumplimiento contractual, discutible en la vía civil.
- B.No habría delito, pues se advierte una autopuesta en peligro de la propia víctima, al exponer su dinero a una empresa de apariencia formal.
- C.Sí habría delito, pues se advierte que existe un contrato criminalizado, ya que, desde un inicio, la intención del investigado fue no cumplir el negocio jurídico utilizando el engaño.
- D.Sí habría delito, pues se advierte que existe un contrato que el investigado incumplió en su debida oportunidad, generándose con ello un grave prejuicio al investigado, pues se utilizó el fraude en la adquisición del pasaje.
- E.No habría delito, pues la causa debe ser conocida en vías extrapenales.
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Respuesta correcta: C. Sí habría delito, pues se advierte que existe un contrato criminalizado, ya que, desde un inicio, la intención del investigado fue no cumplir el negocio jurídico utilizando el engaño.