El señor José Pérez Sánchez, empezó a laborar como obrero de limpieza pública al servicio de la Municipalidad Distrital de Nueva Galaxia, mediante contrato sujeto a modalidad en la forma de contrato de temporada desde el 02 de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2013; posteriormente este contrato fue prorrogado sin solución de continuidad hasta el 31 de diciembre de 2014. El día 02 de enero de 2015 al presentarse a laborar, el mencionado obrero fue impedido de ingresar a su centro de labores, pues, se le comunicó que su contrato de trabajo había terminado el 31 de diciembre de 2014 y que no volvería a ser recontratado. Respecto al caso presentado se puede afirmar válidamente que todo reclamo del obrero municipal José Pérez Sánchez debe ser tramitado en la vía procesal siguiente:
- A.Proceso contencioso administrativo.
- B.Proceso de impugnación de acto administrativo.
- C.Proceso ordinario laboral.
- D.Proceso sumarísimo laboral.
Ver respuesta
Respuesta correcta: C. Proceso ordinario laboral.