El Juez Contralor de una Oficina Descentralizada notificó la resolución de inicio del procedimiento administrativo disciplinario a un auxiliar jurisdiccional en su correo personal, sin usar su casilla electrónica del Poder Judicial ni su domicilio laboral. Dicha notificación fue desconocida por el servidor, quien se enteró por terceros y alegó violación al debido procedimiento. ¿Cuál es la consecuencia jurídica más probable en este caso, según el Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario?
- A.Se debe realizar nuevamente la notificación sin consecuencias para el procedimiento.
- B.La resolución queda firme al haber sido notificada por un canal electrónico.
- C.Se configura una causal de nulidad del procedimiento disciplinario por violación al debido procedimiento.
- D.El procedimiento debe continuar desde la etapa siguiente si el investigado ya está enterado.
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Respuesta correcta: C. Se configura una causal de nulidad del procedimiento disciplinario por violación al debido procedimiento.