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El error es esencial: 1) Cuando recae sobre la propia esencia o una cualidad del objeto del acto que, de acuerdo con la apreciación general o en relación a las circunstancias, debe considerarse determinante de la voluntad. 2) Cuando, en relación al contenido, a las circunstancias del acto o a la calidad de las partes, una persona de normal diligencia hubiese podido advertirlo. 3) Cuando el error de derecho no haya sido la razón única o determinante del acto. 4) Cuando recae sobre las cualidades personales de la otra parte, siempre que aquéllas hayan sido determinantes de la voluntad. 5) Cuando el error de derecho haya sido la razón única o determinante del acto. Marque la opción correcta:

  • A.1, 2 y 3
  • B.1, 4 y 5
  • C.1, 2 y 4
  • D.2, 3 y 5
  • E.Ninguna de las anteriores.
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Respuesta correcta: B. 1, 4 y 5

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