EL ARTICULO 158 DE LA CONSTITUCION DE 1993, PRESCRIBE:
- A.La función constitucional de la PNP.
- B.La autonomía constitucional del MP.
- C.La función constitucional del Poder Judicial.
- D.La función constitucional de la Junta Nacional de Justicia.
- E.N.A
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Respuesta correcta: B. La autonomía constitucional del MP.