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El abogado Nicolás es un funcionario del Ministerio de Trabajo. Un día, urgido por la necesidad de imprimir un escrito de apersonamiento ante el Ministerio Público, en defensa de un caso particular, se apropia de cuatro hojas membretadas (del paquete de hojas que le fue asignado para sus funciones) y usa la impresora de la oficina, para imprimir dicho trabajo. El fiscal del caso, al advertir tales hechos, comunica al fiscal penal de turno para que proceda conforme a sus atribuciones legales. Ante ello, y para evitar un mayor escándalo, Nicolás repone las cuatro hojas y dona una cantidad de dinero al Ministerio de Trabajo, por el uso de la impresora y la tinta. Al respecto, es correcto afirmar:

  • A.Los servidores, funcionarios públicos y los terceros pueden cometer peculado a título de culpa.
  • B.Desde el punto de vista formal el delito de peculado sí está consumado; sin embargo, en aplicación de los principios de mínima lesividad y de última ratio del derecho penal, el caso debería ser sancionado administrativamente, pero no en la vía penal.
  • C.El delito de peculado únicamente puede ser cometido a título de dolo, no ha título de culpa.
  • D.Ninguna de las anteriores.
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Respuesta correcta: B. Desde el punto de vista formal el delito de peculado sí está consumado; sin embargo, en aplicación de los principios de mínima lesividad y de última ratio del derecho penal, el caso debería ser sancionado administrativamente, pero no en la vía penal.

Esta pregunta apareció en: Fiscalia de Corrupcion de Funcionarios - Asistente en Funcion Fiscal (18)

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